martes, 23 de octubre de 2012

Más allá de buenas intenciones en la institucionalidad indígena ( Publicado en el Diario La Primera setiembre 2012)

A propósito de la Resolución del Ministerio de Cultura (R.M Nº 361-2012-MC) que crea el Grupo de Trabajo sobre Institucionalidad Pública en materia de Pueblos Indígenas u Originarios, cuyo fin principal es analizar y formular propuestas sobre cómo debería ser la entidad, un halo de desconfianza vuelve a rondar tales iniciativas, debido a las últimas actuaciones del Estado. 
Lo que está en cuestión no es la buena intención que puede existir en algunos funcionarios por crear o empezar a diseñar nuevas instituciones, sino que se presuma que tan solo con la creación de normas (Ley de Consulta y su reglamento), de grupos de trabajo (como éste) o instituciones se resuelve gran parte del problema. Lamentablemente este parece ser un problema generalizado en todo el Estado, donde no se pone igual énfasis en lograr que estas iniciativas funcionen realmente, sino que se espera que una combinación de tiempo y paciencia ponga las cosas en su lugar, aunque solo sea hasta terminar con la gestión burocrática de algún funcionario gubernamental. 
Respecto a la institucionalidad estatal indígena, la experiencia nos ha demostrado que sin coherencia, ni consecuencia, poco se puede hacer en esta materia. Solo hace falta recordar el destino que ha tenido INDEPA (Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos). En sus inicios, éste tuvo un estatus de órgano técnico especializado en asuntos indígenas, con autonomía y capacidad decisoria, precisamente para hacer respetar sus derechos y buscar la inclusión de poblaciones indígenas. Sin embargo, hoy en día el INDEPA se ha convertido en un órgano ejecutor, dependiente del Viceministerio de Interculturalidad, sin autonomía ni capacidad de decisión. Por ello, la buena intención no basta, porque no se trata de crear instituciones nuevas y relucientes, sino de coherencia y consecuencia con lo que se tiene. Respetar las condiciones mínimas de un Estado de Derecho que permitan continuar con distintos procesos democratizadores. 
Y si de procesos se trata, en materia indígena, el caso más saltante es el derecho de consulta previa a los pueblos indígenas, que tras no respetarse por 17 años el Convenio 169 de la OIT, Tratado Internacional mínimo que establece condiciones para incluir los intereses de la poblaciones indígenas en las decisiones del Estado; se tuvo que crear una Ley y un reglamento que en vez de generar mejores condiciones para su implementación, restó garantías a los principales beneficiarios de este derecho. 
Sin embargo, la primera consulta que se realizará en el Perú está en marcha (consulta en la actividad de Hidrocarburos en el lote 1AB-Loreto) y sólo hace falta esperar cuál será la respuesta del Estado cuando las organizaciones indígenas asuman un rol protagónico, capaz de hacer respetar sus derechos y proponer condiciones que garanticen el ejercicio pleno de esos derechos; porque finalmente no se trata de crear normas, grupos de trabajo o instituciones cuando las ultimas experiencias nos han demostrado que de buenas intenciones está empedrado el camino al infierno.

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