lunes, 14 de diciembre de 2015

COP21: Entre la crisis climática y el terror parisino

Los recientes atentados en Paris despertaron parte de la solidaridad mundial, no sólo por los crímenes perpetrados en dicha ciudad, sino también por lo que viene ocurriendo desde hace mucho tiempo en Siria, Irak, Palestina y en gran parte de medio oriente y algunas regiones africanas como Kenia, Mali o Túnez.
Crímenes que se enredan, confunden y manipulan; crímenes que traen reflexiones acerca de las desigualdades sociales y las políticas migratorias de occidente, crímenes que en buena cuenta como último resultado solo matan.
Tratando de reducir a un minino común, estos crímenes pertenecen a ambos bandos: los que llaman a una guerra santa en nombre de la invención de un “Estado” islamista y los que bombardean esos territorios una semana y la otra proveen de armas a los mismos terroristas. Ambos bandos parecen estar plagados de un discurso hipócrita, incoherente en lo que sienten, dicen y hacen.
En medio de ese terror parisino se reúnen representantes, oficiales y otros clandestinos de 195 países para tratar de llegar a un acuerdo sobre los serios problemas del calentamiento global tras dos décadas de intentos perdidos.
Podría ser ésta la última oportunidad de un largo proceso que empezó en Rio de Janeiro en 1992 con la firma de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC).
Y a partir del cual, se llegó a la conclusión de la necesidad de comprometer a los Estados poderosos más contaminantes, los emergentes que intentan emular a los primeros y aquellos Estados menos industrializados y más vulnerables a reducir las emisiones entre 40% y 70% a nivel mundial que, según los estudios del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC), hasta el 2100 disminuirían a nivel cero manteniendo así, la temperatura del planeta por debajo de la subida de los dos temidos grados.
Si nos remitimos a los antecedentes de cada Conferencia de las Partes, COP, las esperanzas son poco alentadoras. En un breve recuento las últimas reuniones que se mantuvieron en sedes latinoamericanas mantuvieron un doble discurso, del que parecemos ya acostumbrarnos, fue el caso de la COP 16 en Cancún y la última COP 20 en Lima, donde el Estado peruano antes de discutir el fondo del asunto parecía más preocupado en participar en los negocios verdes o buscar la atracción de turistas e inversiones a toda costa.
Mientras trastabillaba con un discurso de responsabilidad climática, por otro lado emitía normas para flexibilizar los controles ambientales (paquetazos ambientales y anti indígenas).
La COP 20 no dejo mucho, ni siquiera una gran movilización que generara presión en los gobernantes para exigir un verdadero compromiso y hacer frente a las causas estructurales del cambio climático o, al menos, a los efectos de estos cambios ya manifiestos en un país con pérdidas graves de glaciares, sequias e inundaciones que nos convierte en el tercer país más vulnerable en el mundo (Instituto Tydall Centre).
A la COP 21 le antecede la peor de las suertes, que significa semanas antes haber sido el centro del terror, razón última que ha conducido a Francia a una guerra incierta, que le permite desperdigar más bombas sin un objetivo concreto, causando daños colaterales y exilios masivos a buena parte de inocentes, muertes de las que no se hablaran en mucho tiempo, pero además bombardeos que son una cusa más que sobrecalienta y destruyen el planeta.
Las esperanzas de llegar a un acuerdo justo con la naturaleza y con justicia climática para la ciudadanía que ya empezó a sufrir los efectos desgarradores de esta crisis climática, parecen desvanecerse.
Y es que ante tan desolado paisaje y con tan pocos compromisos firmados hasta ahora, se vuelve a confirmar que, más allá de una cuestión monetaria, estamos ante una cuestión de falta de voluntad política, esa falta de voluntad se traduce simplemente en que la prioridad de los gobiernos es el creciendo ilimitado de sus economías a costa de daños ambientales irreversibles.
Como se ha anunciado, ni siquiera quedará un espacio para la movilización, puesto que, en la zozobra que envuelve la ciudad, reforzada por la beligerancia de sus gobernantes, quienes alegan que una movilización pacífica atentaría contra la frágil seguridad; parecen no entender que ahora, como muy pocas veces, Paris necesita realmente que su gente; de ciudadanos y ciudadanas de todas partes del mundo que salgan a las calles a manifestar que el cambio climático también es una forma de violencia, pero además la oportunidad de plantarle cara al miedo y terror que intenta apoderarse de París y el planeta.

*Luis Hallazi, es abogado y politólogo, investigador en derechos humanos,  contacto:luis.hallazi@gmail.com

martes, 24 de noviembre de 2015

25N: Mujeres libres contra todas las violencias

Por Luis Hallazi*
Este 25 de noviembre se celebra el día mundial contra la violencia hacia las mujeres. En todo el mundo de cada tres mujeres una ha sufrido violencia física o sexual según datos de las Naciones Unidas, esta violencia en su mayoría es perpetrada por la propia pareja sentimental; en algunos casos dicha violencia puede acabar con la vida de una mujer.Para hacernos una idea, el Perú ocupa el segundo lugar en Latinoamérica en crímenes de género solo después de Colombia; el 2014 se registraron 83 feminicidios, mujeres que han perdido la vida por tan solo la condición de ser mujer.
Nuestra sociedad en general ha sido construida con fuertes bases patriarcales, esto significa la preponderancia de una sociedad dirigida por varones, adultos y de rasgos occidentales. La sociedad peruana no ha sido ajena a esas características, fijémonos solo en la lista de los 76 mandatarios que han dirigido el país, sean elegidos de forma constitucional o de facto,todos son hombres. Esa desigualdad ha irradiado las distintas esferas de la sociedad, en muchos casos ésta se ha impuesto con violencias física, sexual, sicológica y económica, de tal forma que se han ido generando condiciones históricas donde muchas prácticas sociales han permitido de manera silenciosa atentados contra la integridad, la salud, las libertades y la vida de las mujeres.
Los Estados han tenido que hacer algo para contener esa violencia sistemática y silenciosa, es por eso la aparición de tipos penales como el feminicidio, que tratan de castigar el crimen contra mujeres y que se han ido abriendo paso en muchos Estados latinoamericanos. Recordemos los crueles feminicidios en Ciudad Juárez, al norte de México, donde incluso la Corte Interamericana de Derechos Humanos se pronunció a través de la sentencia del caso “campo algodonero”, donde se declaró culpable al Estado mexicano por la discriminación, falta de protección y garantías para la vida de las mujeres y desamparo al dejar impunes el asesinato de tres mujeres de Ciudad Juárez el 2001.
Esto llevó a que diferentes Estados promuevan la protección hacia la vida de las mujeres, a través de normas que castiguen severamente a perpetradores de este tipo de asesinatos. En el caso peruano desde finales del 2011 se cuenta con la modificación al artículo 107 del Condigo Penal que contiene esta categoríaen los términos siguientes: 
Artículo 107. Parricidio/Feminicidio: El que, a sabiendas, mata a su ascendiente, descendiente, natural o adoptivo, o a quién es o ha sido su cónyuge, su conviviente, o con quién esté sosteniendo o haya sostenido una relación análoga será reprimido con pena privativa de libertad no menor de quince años.”
En nuestro país la situación de la mujer es aún más compleja. A esa desigualdad histórica, compartida por la casi totalidad de países; hay que agregarle que son las mujeres indígenas las que sufren mayor desprotección en sus derechos. Las cifras según la CEPAL nos dicen que casi el 40% de mujeres indígenas han sufrido violencia física o sexual en algún momento de su vida, e incluso el Estado ha sido el generador de esa violación de derechos.
Para no ir muy lejos hay que remontarnos al último quinquenio de gobierno fujimorista (1996-2001), donde se implantó una política de “salud” pública dirigida a mutilar los cuerpos de mujeres, mayoritariamente indígenas, sin su consentimiento a través de las esterilizaciones forzadas. Según datos de la Defensoría del Pueblo, entre esos años se efectuaron aproximadamente 272 028 operaciones de ligaduras de trompas y vasectomías, perpetrando una de las mayores violaciones de derechos que van desde la integridad corporal, la salud, la intimidad, la vida familiar, la no discriminación y, en algunos casos, hasta la vida de mujeres indígenas. Lamentablemente, hasta el día de hoy, no hay responsables mediatos ni políticos que, en última instancia, planearon estos hechos.
Pero además atendiendo al espacio donde ocurre la violencia, podemos identificar que en tiempos de inseguridad ciudadana las mujeres urbanas son las que mayor riesgo corren en espacios públicos, sufriendo además violencias cotidianas como el acoso callejero. Sin embargo, los espacios privados no están exentos de violencia, y es dentro de la familia donde se registra el mayor número de casos de violencia. Igualmente, espacios privados como el trabajo están contaminados por el acoso laboral. La situación es alarmante si nos referimos al número de denuncias por violencia sexual, donde Perú ocupa el primer lugar en Latinoamérica y el tercero en el mundo según la Organización Mundial de Salud el año 2013.
Son las mujeres indígenas, sin duda, las que carecen de menores oportunidades para el desarrollo de sus proyectos de vida. No solo porque les afectan otras formas de violencia estructural como la falta de acceso a la educación y la salud, sino porque han sido ellas las victimas últimas de todo tipo de violencia e impunidad a lo largo de la historia de nuestro país. No podemos olvidar las violaciones sexuales perpetradas en tiempos de conflicto armado, viviendo con cruentas heridas y sin posibilidad de acceso a la justicia.
Además, en nuestros tiempos, son ellas, en muchos casos, las que sufren las embestidas de una política extractivista que, bajo todo coste, arremete contra la naturaleza y las formas de vida comunitaria. Son los conflictos sociales los escenarios de violencia donde ellas resisten ante el despojo de los cuerpos/territorios para finalmente apostar por la defensa de la vida en todas sus formas.

*Luis Hallazi es investigador en derechos humanos. Su correo es: luis.hallazi@gmail.com
4 rating, 4 votes4 rating, 4 votes (+4 votos, 4 votaron, rated)

lunes, 9 de noviembre de 2015

TPP: violación de derechos y secretismo antidemocrático

Por Luis Hallazi

Aún no se ha encontrado una fundamentación jurídico-política al Acuerdo de Asociación Transpacífico (TPP por sus siglas en inglés) que respete las reglas de un Estado de Derecho, donde garantías procedimentales de ese mismo Estado, como la rendición de cuentas, la transparencia, los debates parlamentarios, la división de poderes y la misma soberanía de los pueblos, prevalezca como parte fundamental de la legitimidad de una democracia. Por el contrario, lo que la firma del TPP ha traído para el Perú es la confirmación de la sujeción de los derechos humanos a los intereses económicos que cada vez va consolidando una nueva arquitectura normativa al servicio de los derechos de las corporaciones.

El TPP se ha estado “negociando” desde el 2010, cinco años después, tras el secretismo con que se avanzaron las negociaciones, cuenta con la firma y respaldo del Poder Ejecutivo. Un tratado que nadie conoce con exactitud. Un tratado que no tuvo debate parlamentario y que fuera de los técnicos de cada país, no se contó con la participación alguna de la sociedad civil y peor aún ningún grupo de expertos independientes han podido explicar de manera sencilla y concreta los impactos que traerá a la población.

Al contrario se debe subrayar que no estamos ante una simple “asociación” para el desgravamen arancelario como parte del intercambio comercial, sino un pacto mucho más amplio en el que Estados Unidos representante de empresas transnacionales fija nuevas normas en  temas  tan dispares como  los derechos laborales, la propiedad intelectual, el medio ambiente, la resolución de conflictos, el intercambio comercial, etc., imponiendo condiciones propias de una negociación asimétrica y donde el resto de la mayoría de naciones involucradas (México, Australia, Brunei, Chile, Japón, Malasia, Nueva Zelanda, Perú, Singapur, Vietnam y Canadá) deben limitarse a buscar fungir de negociadores.

La información que hasta ahora tenemos es que se trata de aproximadamente 30 capítulos cuyo contenido, en un 90%, es secreto. Tan solo tres capítulos fueron filtrados por Wikileaks.  Recientemente, el 5 de octubre, se anunció el fin de las negociaciones y ante una nueva filtración del capítulo referido a derechos de propiedad intelectual se confirmaron las sospechas de serias amenazas para los derechos humanos de los países firmantes.

De acuerdo al capítulo filtrado relacionado a propiedad intelectual[1] se desprende que se incrementará el costo de acceso a la salud, es decir, se pagara más por medicamentos e incluso se restringirá el uso de algunas medicinas necesarias para salvar vidas. Esto es lo que esconden tecnicismos como la “vinculación de patentes” que busca vincular las agencias nacionales que otorgan registros sanitarios con la protección de patentes, o el caso de las “patentes biológicas”[2] que no es más que la posibilidad que empresas transnacionales puedan patentar plantas, procesos biológicos, que en el caso del Perú muchos son un legado histórico de las poblaciones indígenas y cuyo último fin es favorecer a la industria farmacéutica haciendo uso de los derechos de propiedad intelectual.

Como bien se sabe los países llamados desarrollados exportan propiedad intelectual, gran parte de ellas registradas con derechos exclusivos o patentes, como es el caso de las empresas estadounidenses y japonesas que, en conjunto, suman alrededor del 50% de patentes en vigor[3], controlando de esa manera el mercado material e inmaterial de sus productos. Por otro lado, tenemos a los países consumidores como el Perú que importan propiedad intelectual. Según el Banco Mundial en 2013 el Perú pagó 210 millones por propiedad intelectual[4] bajo esta dependencia, si no existe un trato equitativo en las reglas de juego, los derechos de propiedad intelectual colisionan y en muchos casos se impone ante la otrora supremacía de los derechos humanos.

Del mismo capítulo referido a la propiedad intelectual se desprenden las amenazas al derecho a la libre expresión, información y privacidad que como usuarios de internet tenemos la obligación de resguardar. Y es que bajo la misma estrategia de utilizar los derechos de propiedad intelectual, llamase también derechos de autor o copyrigth, busca convertir a las empresas proveedoras del servicio de internet (IPS) en sherifs de lo que se hace y deja de hacer con los contenidos de la red, dotándoles de competencias y responsabilidad para que sean ellos los que vigilen los contenidos que se trasmiten o descargan de internet.

El TPP obliga a los países a crear incentivos legales para que cooperen con los titulares de derecho de autor o empresas proveedoras (Telefónica, Claro y otras) y se persigan, hasta penalmente, las descargas de software o trasmisión de contenidos que infrinjan las normas dadas por los mismos titulares del derecho. Incluso obliga a regular a empresas como YouTube, Facebook o Twitter, al establecer un régimen de responsabilidad especial en caso de que estas tengan conocimiento de violaciones de derechos de autor.

Por otro lado, uno de los puntos que más nos debería alarmar son los referidos a los súper derechos de las corporaciones que ya han empezado a permitir que empresas transnacionales demanden en tribunales privados a los países miembros de acuerdos internacionales de inversión por cualquier conducta o legislación que consideren contraria al tratado.

Este régimen opera a partir de la firma de los llamados tratados bilaterales de inversión (TBI) y ahora a través de los tratados multilaterales como es el caso del TPP, que entre sus diferentes cláusulas contienen normas para garantizar la “seguridad jurídica de las inversiones”; cláusulas donde el Estado se compromete a no interferir de ningún modo con la inversión, ni a discriminarla por su procedencia externa y en caso de controversia, estas empresas trasnacionales, cuyos intereses están protegidos por tratados bilaterales y multilaterales de inversión, pueden demandar a los países miembros bajo un nuevo catálogo de derechos que sancionan, por ejemplo, la conducta o legislación que afecte las ganancias esperadas por alguno de sus inversionistas, lo que se denomina “expropiación indirecta”.

Para que todo esto pueda tener sentido, el Estado debe renunciar a la jurisdicción nacional, para que los casos puedan someterse a un tribunal arbitral, como el Centro Internacional de Arbitraje sobre Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), parte de una de las cinco instituciones que conforman el Grupo del Banco Mundial, cuyos árbitros son constituidos ad hoc para cada caso en particular, un tribunal en buena cuenta privado, sin instancia superior e inapelable. De esa forma tratados como el TPP buscan generar una arquitectura normativa supranacional, que promueva un régimen de protección especial a los grandes capitales e inversionistas.

Bajo ese tratamiento asimétrico entre derechos corporativos y derecho humanos, la situación se agrava para el caso de los derechos de los pueblos indígenas. Situación admitido y reconocida por el reciente informe de la Relatora Especial para derechos de Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas, Victoria Tauli-Corpuz, relativo a las repercusiones de las inversiones internacionales y el libre comercio sobre los derechos de los pueblos indígenas.

Donde se señala de forma categórica que los acuerdos internacionales de inversión y de libre comercio[5] (como el TPP) violan de manera directa los derechos de los pueblos indígenas, acrecentando las injusticias y desequilibrios sistémicos, por ser poblaciones de las más marginadas. Además en dicho informe se menciona que los regímenes internacionales de inversión y de libre comercio se han desarrollado como una vertiente del derecho internacional independiente de las normas de derechos humanos y de derechos indígenas e incluso se ha señalado que están siendo mecanismos de perpetuación de las desigualdades económicas, reconociendo el control de neoliberalismo en la imposición de esta reglas de juego[6].


Debemos recordar que de manera paralela al TPP se estaba negociando el Tratado Transatlántico de Comercio e Inversiones entre la Unión Europea y Estados Unidos (TTIP) y además se está negociando de manera secreta desde el 2012 el Acuerdo sobre el Comercio Internacional de Servicio (TISA). En conjunto, estos tratados colisionan de manera estrepitosa contra el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y a su vez con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, Pactos Internacionales de Derechos Civiles y Políticos, Derechos Sociales, Económicos y Culturales y demás convenciones internacionales que resguardan el respeto de la dignidad humana; por tanto para el caso de Perú, es necesario la restitución de la competencia territorial de los tribunales nacionales, casos como el TPP son susceptibles de un control constitucional de los tratados, donde se verificará los serios vicios de inconstitucionalidad que poseen.

Finalmente todos estos tratados son parte de una estrategia perversa para fortalecer el modelo neoliberal a través de los derechos de las corporaciones, flexibilizar sus obligaciones o apelar a la voluntariedad de su cumplimiento en materia de derechos humanos; a costa de limitar el ejercicio de la democracia, la soberanía de los pueblos y la protección de los derechos humanos.

Luis Hallazi Méndez es investigador en derechos humanos

Notas

1] Según las filtraciones de WikiLeaks, capítulo referido Propiedad Intelectual:  https://wikileaks.org/tpp/#QQA12
2] Revisar en ¿Qué son las patentes biológicas?: https://lamula.pe/2011/07/18/que-son-las-patentes-biologicas/rosalva/
3] Centro de Información de las Naciones Unidas, propiedad intelectual http://www.cinu.mx/temas/desarrollo-economico/propiedad-intelectual/
5] Informe de la Relatoría Especial del Consejo de Derechos Humanos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, 07/08/2015: http://unsr.vtaulicorpuz.org/site/index.php/es/mandato-onu
6] Ibídem.
http://www.alainet.org/es/articulo/173397

            
 
 
- See more at: http://www.alainet.org/es/articulo/173397#sthash.ERHB36pK.dpuf

lunes, 2 de noviembre de 2015

El quinto paquetazo normativo o la expropiación sin límites

Por Luis Hallazi*
6 de octubre, 2015.- Hace 90 días el Poder Ejecutivo, a través de la Ley 30335, solicitó al Congreso facultades legislativas que permitan crear leyes en materia económica, financiera y administrativa. En el trascurso de ese tiempo se aprobó el Decreto Legislativo 1192 y semanas después una modificación del mismo, a través del Decreto Legislativo 1210. Consumando de esta manera, el quinto paquetazo normativo en menoscabo de los derechos de propiedad y posesión de las comunidades campesinas y nativas, pero también de todos los peruanos y peruanas.
Recordemos que, con el gobierno del presidente Humala, desde mayo del 2013 se vienen aprobando diferentes normas denominadas paquetazos -contándose cuatro hasta el momento(1)- cuyo principal objetivo ha sido impulsar las inversiones públicas y privadas a partir del debilitamiento del marco normativo que garantiza el respeto irrestricto de los derechos humanos. Esto comprende principalmente el debilitamiento de derechos medioambientales y territoriales de todos los ciudadanos pero, además la vulneración de los derechos de los pueblos indígenas de más de 10 mil comunidades campesinas y nativas dueños de casi un tercio del territorio peruano.
Estas reformas establecidas por el Poder Ejecutivo tratan de justificarse a partir de la desaceleración económica. Para eso el Ministerio de Economía y Finanzas diseña y promueve paquetes normativos que flexibilizan las normas administrativas ambientales y territoriales para, supuestamente, hacer más atractivo el flujo de inversiones en el país; ignorando una lectura que desde hace mucho advertía una desaceleración económica(2) por factores externos. Por ejemplo: depreciación de las materia primas (cobre, oro, zinc, plata), caída de los precios de petróleo etc. En un Estado con una débil institucionalidad, el gobierno ha optado por poner en movimiento una reforma legislativa que liberaliza aún más las reglas de juego en materia de acceso a la tierra, yendo más allá de nuestra Constitución de conocida base neoliberal.

¿Qué dice el D.L.1192?

El decreto aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura. Esto quiere decir, principalmente, que instaura un nuevo régimen jurídico para los procesos de adquisición y expropiación de inmuebles que realiza el Estado(3).
Tener un solo marco legal ante la dispersión de normas que se venían aprobando es saludable; hacerlo principalmente para impulsar las inversiones y las asociaciones público- privadas(4), apartando a los jueces que son los que garantizaban y resolvían un proceso expropiatorio, no solo es un error sino un acto que contraviene el ordenamiento jurídico.
Debemos conocer y entender que la expropiación constitucionalmente es una norma de excepción, así lo determina nuestra Constitución en su artículo 70 cuando menciona que “el derecho de propiedad es inviolable. El Estado lo garantiza” y seguidamente dice “a nadie se le puede privar de su propiedad sino por causa de seguridad nacional o necesidad pública (…)”.
El Decreto 1192 busca normalizar los procedimientos de expropiación, despojándolos de su carácter excepcional. Por tanto, los procesos expropiatorios se incrementarán a partir de una ley que declare su necesidad pública, definición ésta de acuerdo a los criterios de la administración de turno. Con lo que la necesidad o interés público carecen de límites claros, hoy un proyecto de inversión privada o asociación público- privada, que requiera de tierras urbanas o rurales pueden acudir a un ministerio, un gobierno regional o local a tramitar una expropiación mediante un procedimiento expedito, puesto que la actual ley tiene plazos fijos y cortos que ante cualquier obstáculo termina con una ejecución coactiva. De esta forma la expropiación de un inmueble casi se convierte en otro modo común más de adquisición de la propiedad.
Al ser una norma marco, este D.L. deroga la Ley 27117, Ley General de Expropiaciones, la Ley 27628, Ley que facilita la ejecución de obras públicas viales, y recientemente la Ley 30025, norma que ya facilitaba la expropiación y que formó parte del primer paquetazo. De la misma forma, deroga los artículos 29 al 37 de la Ley 30327, conocida como el cuarto paquetazo. Estamos, pues, ante una suerte de compendio expropiador.
Además la norma no hace ninguna diferenciación entre la expropiación de un bien inmueble en zona urbana y otro en el espacio rural. Ahí está el enorme riesgo para los territorios de pueblos indígenas que gozan de protección especial dada su histórica vulnerabilidad, puesto que las comunidades no tienen cómo acreditar su derecho de propiedad pues no cuentan con títulos claros ni planos catastrales georreferenciados, por lo que la propiedad de sus tierras y territorios se torna en un derecho inseguro(5).
Pero además, el D.L.1192 en muchos de sus 44 artículos utiliza una redacción ambigua como en el artículo 1 donde menciona que la aplicación de la norma es para la ejecución de obras de infraestructura y en art. 24.1 indica que esta norma rige todas las expropiaciones a que se refiere la Constitución y el artículo 928 del Código Civil; generando confusión, utilizando la misma técnica legal de la Ley 30230 (segundo paquetazo).

La cereza del paquete: el DL 1210

La cereza en este paquete está en que después de tres semanas de aprobado el Decreto, apareció uno nuevo. Nos referimos al D.L. 1210, cuyo único artículo modifica la décima disposición complementaria del D.L 1192 que excluía las tierras y territorios de los pueblos indígenas u originarios. En esta modificación, de manera tramposa, se retira lo relacionado a la afectación de derechos de propiedad y posesión de comunidades campesinas y nativas, quedando en evidencia lo que está detrás de esta norma.
En suma, estamos ante un Decreto que constituye un grave atentado contra la, ya de por sí precaria, seguridad de los derechos territoriales de los pueblos indígenas. Este Decreto no solo afectará a las comunidades, sino también de toda la ciudadanía, puesto que, contrario al espíritu constitucional, se abre la puerta para que las expropiaciones puedan ser utilizadas indiscriminadamente para incentivar la inversión como parte de una supuesta necesidad pública de todas y todos los peruanos.
Notas:

Luis Hallazi es investigador en derechos humanos. Su correo es: luis.hallazi@gmail.com

7 rating, 7 votes7 rating, 7 votes (+7 votos, 7 votaron, rated)

lunes, 21 de septiembre de 2015

Banco Mundial y FMI: ¿Moldeando el futuro?



Nada fácil hacer un balance con precisión sobre la influencia que el Banco Mundial (BM) o el Fondo Monetario Internacional (FMI) ha tenido y tienen en el Perú. La discusión va más allá de establecer porcentajes; se trata de identificar acciones, comprender decisiones, evaluarlas, obtener aprendizajes y establecer responsabilidades sobre más de cincuenta años de relaciones.

¿Qué grado de dependencia queremos para el futuro? Recordemos que en un recuento general el Perú es considerado como un “buen alumno” respecto a la implementación de dichas políticas de enfoque prioritariamente económico. ¿Debe el Estado dar una rendición de cuentas sobre la implementación de dichas políticas?

Son algunas de las preguntas que deberíamos plantearnos; sobre todo cuando por primera vez en Perú y después de casi medio siglo el BM y FMI vuelven a Latinoamérica y lo hacen para la Reunión Anual del BM y FMI -que tendrá lugar en Lima del 5 al 12 de octubre- con el objeto de analizar asuntos económicos y financieros de interés global. Reunión que acogerá a más de quince mil personas entre directivos de bancos centrales, ministros de economía y finanzas de 188 países miembros, banqueros, ejecutivos de empresas multinacionales y académicos; muchos de ellos, los rostros visibles del poder económico global.

El lema para esta reunión es “moldeando el futuro” cuyo ejemplo será mostrar a la burocracia económica los logros del denominado "milagro peruano" y con ello intentar demostrar que las economías del sur serán actores protagónicos del modelo económico. A esa astucia se suma la del Ministerio de Economía y Finanzas quien agrega el epígrafe: “Perú, capital económica del mundo”[1]. 

Paradójicamente, no se pudo escoger peor momento, justo cuando el milagro se desmorona por propia mano y el modelo económico “hace aguas” ante la caída de los precios de materias primas (cobre, oro, plata, etc.) con la consecuente desaceleración económica.

Banco Mundial: Viejas prácticas iguales resultados

Las relaciones con el BM, son cuando menos complejas, su crecimiento institucional ha ido acompañado de la ampliación de su agenda que a través de sus préstamos ha limitado de alguna forma la soberanía de los Estados.

Recordemos que su intervención empezó a través del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), creado en el marco de la conferencia de Bretton Woods, con el objetivo de financiar la reconstrucción de la Europa de posguerra y suplir las deficiencias de los mercados privados de capital, especialmente en lo relativo a la disponibilidad de financiación para el desarrollo; interviniendo en América Latina a través de préstamos para proyectos de infraestructura.

En un segundo momento el vínculo fue dado por la financiación de la lucha contra la pobreza a través de proyectos específicos en materia de servicios básicos[2]. Prestamos que iban tejiendo una relación de condicionamiento con muchos de los países prestatarios. Lo que generaría que el BM empiece a desempeñarse como asesor técnico y monitor de la política económica de los gobiernos.

En una tercera etapa el BM comienza a mostrar su perfil más controvertido a partir de los préstamos para las reformas estructurales otorgados para América Latina, ajustes que exigían la defensa de una postura antiestatista respecto del manejo de la economía y una defensa del mercado como el mejor asignador de los recursos.

A partir de allí, una seguidilla de reformas serían impulsadas por el BM: La promoción de políticas de liberalización del comercio internacional, liberalización del flujo de capitales, todo lo relacionado a desregulación de los sistemas financieros nacionales, desregulación del mercado laboral, privatización de las empresas públicas o racionalización de los impuestos. Cada una de estas propuestas impulsadas por el BM estaba dotadas de densos documentos e investigaciones para después ser implementadas por los gobiernos de turno. Entonces se empezó a hablar sobre el consenso de Washington o la imposición de un modelo económico digitado desde EE.UU. para su aplicación en los países del sur.

Para inicios de los noventa el Banco fue ampliando su agenda de intervención al introducir los problemas relacionados a la gobernanza y las instituciones, donde temas como educación, salud, agua, justicia, agricultura, medio ambiente, comercio o transporte formaban parte ahora de la agenda relevante del BM. El haber incorporado temas relacionados como la gobernanza e institucionalidad dieron cabida a una influencia preponderante por ejemplo en lo relacionado a los sistemas jurídicos de los Estados y con ello al papel del Estado en relación con el desarrollo económico. 

A pesar que en la actualidad el BM ha negado intervenir en asuntos políticos, las evidencias demuestran todo lo contrario, la condición de muchos de sus préstamos ya sea para fortalecer la institucionalidad, mejorar la gobernanza o luchar contra la corrupción tiene por objetivo ofrecer un ambiente de seguridad jurídica principalmente para promover mayores niveles de crecimiento económico y aumentar las inversiones.

Arquitectura normativa para mayor desigualdad

Bajo esos antecedentes se desprende ahora una nueva amenaza a la soberanía de los Estados. El BM, consciente que no ha sido suficiente la intervención dedicada a crear las condiciones internas a través de reformas institucionales (decisiones políticas y normas jurídicas) con el fin de asegurar un modelo económico de desarrollo; ha decidido además despejar cualquier temor y empezar a garantizar un trato que vaya incluso por encima de la jurisdicción nacional. 

Nos referimos a la apuesta del BM, el FMI, la Organización Mundial del Comercio (OCM) y otras instituciones financieras que buscan generar una arquitectura normativa supranacional, que promueva un régimen de protección especial a los grandes capitales e inversionistas. Una arquitectura normativa diseñada a la medida y gusto del cliente, que está desafiando la prevalencia de los mismos derechos humanos.

Este régimen opera a partir de la firma de los Tratados Bilaterales de Inversión (TBI), que contienen cláusulas diversas para garantizar la “seguridad jurídica" de las inversiones; cláusulas donde el Estado se compromete a no interferir de ningún modo con la inversión, ni a discriminarla por su procedencia externa, además de otras peligrosas medidas[3]. 

Finalmente, para que todo esto pueda tener sentido, el Estado debe renunciar a la jurisdicción nacional, para que los casos puedan someterse a un tribunal arbitral, como el Centro Internacional de Arbitraje sobre Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), que es parte de una de las cinco instituciones que conforman el Grupo del Banco Mundial[4]. 

Esta protección a las inversiones también se puede encontrar en los más de 10 Tratados de Libre Comercio firmados por Perú y presumiblemente, en las negociaciones (secretas) para el Acuerdo de Asociación Transpacífico (TTP, por sus siglas en inglés).

No es complejo deducir que es un sistema perverso y poco transparente; ampliamente favorable para las empresas transnacionales y sus inversionistas, donde a través de tratados se logra eludir las jurisdicciones internas para ser juzgados por tribunales patrimonialistas, bajo valoraciones estrictamente económicas.

Actualmente hemos visto cómo el gobierno del presidente Humala justifica sus decisiones respecto a las políticas de actividades extractivas (caso Conga[5], Tía María y otros) alegando la amenaza por parte de empresas trasnacionales de poder demandar al Estado ante el CIADI, un ejemplo concreto de esa amenaza a la soberanía. 

Por otro lado, vemos como el actual gobierno viene impulsando reformas legislativas silenciosas como los denominados "paquetazos" contra el medio ambiente y los derechos de los pueblos indígenas; que
buscan debilitar lo poco avanzado en institucionalidad ambiental o facilitar el acceso a la tierra de proyectos de inversión en territorios indígenas; políticas impulsadas por el BM a través de un programa que clasifica a las economías de los Estados en función de facilitar los mecanismos para negocios (Doing Business)[6].

El BM pues, ha jugado y juega un papel preponderante en este último medio siglo, deberíamos empezar a repensar la influencia que queremos que tenga en el futuro y no apresurarnos a firmar una carta en blanco como lo hemos venido haciendo hasta el momento.

- Luis Hallazi es abogado y politólogo, investigador en derechos humanos.




[1] Revisar en la web del Ministerio de Economía y Finanzas con motivo de las reuniones anuales: https://www.2015lima.gob.pe/

[2] Burgos Silva, Germán, Estado de derecho y globalización: el banco Mundial y las reformas institucionales en América Latina, ILSA, UNIJUS, Bogotá, 2009.

[3] Hallazi, Luis, Súper derechos de inversionistas vs endebles derechos humanos, Patio de Sociales, 2013: http://www.patiodesociales.com/2013/07/super-derechos-de-inversiones-vs.html

[4] El Grupo del Banco Mundial está integrado por: El Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF, 186 países miembros), La Asociación Internacional de Fomento (AIF, 169 países miembros), La Corporación Financiera Internacional (CFI, 182 países miembros), El Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (OMGI, 175 países miembros)

[5] Wiener, Raúl, Suspende tú el proyecto,  06-05-2015:  http://rwiener.blogspot.pe/2015/05/suspende-tu-el-proyecto.html

[6] Ver Banco Mundial Doing Business: en http://espanol.doingbusiness.org/data


http://www.alainet.org/es/articulo/172459

            
 
 

- See more at: http://www.alainet.org/es/articulo/172459#sthash.FJOhNB8Z.dpuf